jueves, noviembre 03, 2011

Técnico Superior en Educación y Control Ambiental.

El título de Técnico Superior en Educación y Control Ambiental  ha quedado establecido por el Real Decreto 384/2011, de 18 de marzo.
Esta es la relación de cualificaciones  y unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en el título.
1. Cualificaciones profesionales completas:
Interpretación y educación ambiental. SEA252_3 (Real Decreto 814/2007, de 22 de junio), que comprende las siguientes unidades de competencia:
UC0803_3: Guiar grupos de personas por el entorno y sus representaciones para contribuir a su sensibilización y capacitación ambiental.
UC0804_3: Informar sobre el medio ambiente y sus valores.
UC0805_3 Interpretar la influencia recíproca de las actividades humanas y el medio socio-natural.
UC0806_3: Desarrollar programas de educación ambiental y facilitar procesos educativos.
2. Cualificaciones profesionales incompletas:
Control y protección del medio natural. SEA030_3 (Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero):
UC0083_3: Controlar y vigilar los espacios naturales y su uso público.
UC0085_3: Controlar el aprovechamiento de los recursos cinegéticos y piscícolas. 

 El curriculo del ciclo formativo ha quedado establecido por la

 
  •  En el curso 2012-2013 se implantará el primer curso del ciclo formativo al que hace referencia el Artículo 1 de la  Orden.
  • En el curso 2013-2014 se implantará el segundo curso del ciclo formativo al que hace referencia el Artículo 1 de laOrden.
 El articulo 8 del Real Decreo dice lo siguiente
Las Administraciones educativas tendrán en cuenta, al desarrollar el currículo correspondiente, las siguientes consideraciones:

a) La transposición de las últimas directivas europeas acerca de la gestión de espacios naturales va a potenciar la protección de estos espacios, gracias a una mejor delimitación del suelo forestal, la ordenación del territorio y la planificación de las actuaciones forestales. Esta protección se verá impulsada por su uso en funciones recreativas, lo que obliga a un mayor control paisajístico, potenciando no solo su conservación sino también la adaptación de las obras al entorno natural.

b) Se prevé un aumento de centros de educación ambiental que ofrezcan itinerarios preparados en los que se desarrollen actividades orientadas a facilitar el conocimiento de los ecosistemas, potenciar la observación, la vivencia de la naturaleza y el estudio del medio natural, y fomentar actividades de convivencia, respeto mutuo y conservación del medio natural y social.

c) La aplicación de nuevas tecnologías en el sector de la cartografía, como la utilización de Sistemas de Información Geográfica (SIG), fotos de satélite o sistemas de localización por Sistema de Posición Global (GPS) en los espacios naturales, permiten hacer inteligible y manejable la información disponible y así crear itinerarios o bancos de datos sobre cartografía digitalizada, con información sobre el estado del medio natural y del patrimonio.

d) También se prevé un aumento de las empresas que implanten un sistema de gestión ambiental, ya que dicho sistema no sólo mejorará la relación de la empresa con el medio ambiente, sino que contribuirá a mejorar la imagen corporativa.

e) La aparición de nuevas técnicas de descontaminación y nuevos sistemas de medición más precisos ha fomentado la creación de una nueva legislación más exigente, por lo que habrá un endurecimiento de las condiciones en las declaraciones de impacto ambiental. Habrá, por tanto, un incremento de las actividades de auditoría, inspección y control ambiental, campo en el que la administración pública tiende a externalizar estos servicios a través de empresas especializadas y acreditadas.

f) El incremento de centros educativos que se incorporan a redes para el desarrollo sostenible, en el ámbito de la Agenda 21 Local, precisa de actividades educativas que refuercen su gestión o, en su caso, faciliten la certificación ambiental.