jueves, abril 23, 2009

I Encuentro andaluz de e-learning

El pasado 21 de abril se ha celebrado en la ciudad de Córdoba el PRIMER ENCUENTRO ANDALUZ DE E-LEARNING. Organizado por Formación e Innovación Rural (que en breve pondrán en su web las conlcusiones), y el Servicio Andaluz de Empleo de la Junta de Andalucía. He asistido al encuentro fundamentalmente porque se ha hablado de la nueva normativa de Formación Profesional Para el Empleo (FPE) y de la Integración de las TIC en la FPE y las medidas de impulso de la sociedad del conocimiento. Jose Ignacio Ustarán presidente de la Asociación de Proveedores de E-learning (APEL, también existe AEFOL- Asociación de Usuarios de e-learning) ) estuvo inaugurando el encuentro junto con la Directora de FIR (Mª José Peña Pérez) y la Directora General de Formación para el Empleo (Mª José Lara González). Se hizo hincapié en la necesidad de superar el debate entre educación y formación, después de 10 años de E-learling, en los que se han emprendido iniciativas como Guadalinfo y hay que ir más allá de modelos (como el irlandés o finlandés) en los que nos hemos fijado. En la inauguración se ha hablado también de que estamos en un momento clave porque estamos ante “un antes y un después de la FPE”. El e-learning va a suponer reducir costes (aunque algunos expertos presentes no lo tenían tan claro), aumentar la productividad y la compentitividad. Se han introducido ayudas TICs para integrar en la FPE y este año se han aprobado 46 proyectos por valor de 2,3 millones de €.


Manuel Gavilán (Jefe de Servicio de Formación para el Empleo de la Delegación Provincial de Córdoba) y José Antonio Ponce Blandón (Jefe de Servicio de Centros, Programas Formativos y Formación Continua del SAE) . Hablaron de cómo ahora se financia un 75% de la Formación para el Empleo a través del FSE, pero que en el año 2013 se acaba esta vía y habrá que hacerlo por otras.
Se hablo de legislación en relación al tema tratado. Aquí os adjunto la legislación tratada con los enlaces desde donde os lo podeis bajar o consultar si os interesa:

Decreto 72/2003. Medidas de impulso de la Sociedad del conocimiento en Andalucía.

Orden 10 de mayo de 2006. Integración de las TIC en la FPO

Establece las bases reguladoras de concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para el desarrollo de proyectos innovadores que integren las tecnologías de la información y las comunicaciones en la Formación Profesional Ocupacional (ahora FPE). Se establecen las siguientes modalidades de ayudas:1. Elaboración de materiales y contenidos de formación profesional ocupacional, para su uso y difusión a través de Internet. Su diseño será, al menos, de carácter autoinstructivo.2. Realización de acciones formativas a través de metodologías innovadoras que se desarrollen mediante plataformas tecnológicas de teleformación y que supongan un proceso sistematizado y tutorizado del aprendizaje.

Real decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo. Quedan derogadas todas las normas de igual o inferior rango en lo que contradigan o se opongan a lo dispuesto en este real decreto.
Quedan derogadas expresamente las siguientes disposiciones, y las normas que las desarrollan:
a) El Real Decreto 1046/2003, de 1 de agosto, por el que se regula el subsistema de formacion profesional continua.
b) El Real Decreto 631/1993, de 3 de mayo, por el que se regula el Plan Nacional de Formacion e Insercion Profesional (Plan FIP)
c) Los articulos 10 y 12 del Real Decreto 488/1998, de 27 de marzo, por el que se desarrolla el articulo 11 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratos formativos.

La Ley Organica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional,
que establece un Catalogo Nacional de Cualificaciones Profesionales que permite avanzar en un enfoque de aprendizaje permanente y en la integración de las distintas ofertas de formación profesional (reglada, ocupacional y continua), propiciando el reconocimiento y la acreditación de las competencias profesionales adquiridas tanto a través de procesos formativos (formales y no formales) como de la experiencia laboral.

Asimismo, la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo, que sitúa la formación ocupacional y la continua en el centro de las políticas del ámbito laboral que mejor pueden contribuir a la consecución de los objetivos de empleo.

El Real Decreto 1128/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales, define la estructura y el contenido del Catálogo y de sus componentes: cualificaciones, unidades de competencia y módulos formativos asociados del Catálogo Modular de Formación Profesional. Asimismo, establece los procedimientos básicos para la elaboración y actualización de ambos.

Modificado por el Real Decreto 1416/2005, de 25 de noviembre. El Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales ha de garantizar la flexibilidad necesaria para la elaboración de los correspondientes títulos de formación profesional, competencia de la Administración educativa, y certificados de profesionalidad, competencia de la Administración laboral.
Las ofertas de Formación Profesional de ambas Administraciones incorporarán todos los elementos contenidos en las unidades de competencia y cualificaciones profesionales que incorporen los títulos de formación profesional y certificados de profesionalidad.
Se estructurarán de acuerdo con los objetivos propios de la Administración educativa y de la Administración laboral.
Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad. (Establece que queda derogado el Real Decreto 1506/2003, de 28 de noviembre, por el que se establecen las directrices de los certificados de profesionalidad. De todas las formas este Real Decreto no desarrolló Orden)
Expedición de los certificados de profesionalidad.
1. Los certificados de profesionalidad se expedirán a quienes lo hayan solicitado y demuestren haber superado los módulos correspondientes a dicho certificado, o bien hayan obtenido el reconocimiento y la acreditación de todas las unidades de competencia que lo componen mediante el procedimiento que se establezca en el desarrollo normativo del artículo 8 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional. El modelo de solicitud de certificado de profesionalidad es el contemplado en el anexo I de este real decreto.
2. Quienes no superen la totalidad de los módulos asociados al certificado de profesionalidad y superen los módulos asociados a una o varias unidades de competencia del mismo, recibirán una certificación de los módulos superados que tendrá efectos de acreditación parcial acumulable de las competencias profesionales adquiridas, según el modelo establecido en el anexo II del presente real decreto.
3. La expedición de los certificados de profesionalidad corresponderá a la Administración laboral competente. El modelo de documento acreditativo del certificado de profesionalidad, así como sus características técnicas, se establecen, asimismo, en el anexo II este real decreto

Sobre este Real Decreto tiene que salir una Orden.
Legislación relevante en materia de Formación Profesional en el
Instituto Andaluz de Cualificaciones Profesionales
En relación al sistema educativo es importante señalar:
LEY 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía

Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, por el que se establece la ordenación
general de la formación profesional del sistema educativo.

A mi me parece un verdadero galimatías legislativo del que parece que después de tantos años no se sabe salir. Empleo por un lado, Educación por otro y las cifras del paro y del fracaso escolar no hacen más que subir.

Las ventajas de la formación en modalidad e-learning, se ha dicho, pueden estar en relación con la reducción de costes (aunque algunos expertos opinan que depende de la tecnología que se use y que hay tecnologías que son caras …) el aumento de la productividad y de la competitividad.

Dificultades a superar en la implantación de la FPO y la Formación Continua (ambas reunidas ahora bajo la denominación de Formación para el Empleo - FPE) en relación a la e-learning.
- Criterios de homologación de los centros que impartan la formación e-learning (son los mismos o distintos de la misma formación en presencial)
- Otra de las dificultades es que hay que aplicar la normas internacionales de usabilidad y accesibilidad.
- Es necesario superar la educación a distancia convencional.
- Para facilitar al usuario el acceso es necesario mostrar un modelo unitario y homogéneo ya que adecuarse a distintos interfaz y plataformas puede suponer un problema para los usuarios.
- En la evaluación hay que tener en cuenta los Certificados de Profesionalidad.
- Poner documentos en pdf y Word exclusivamente no es e-learning.
Hay temas que no se prestan a ser tratados exclusivamente por e-learning y que requieren necesariamente una fase presencial. Pero puede ser un buen complemento a cualquier tema formativo.

Actualmente un 40% de las acciones en formación continua tienen que ver con la modalidad de e-learning. Se está preparando una regulación que especifique ciertos criterios de calidad como el número máximo de alumnos por tutor (se recomienda que sean 60), la estructura modulada, la ejecución y el seguimiento, los Centros Inscritos en la modalidad …

Dejo para otro día las presentaciones de:
Pedro J. Gómez Vargas y Raúl Gómez Cabello de Factor Consultores en relación a la Metodología de seguimiento de acciones formativas en modalidad e-learning en relación a las acciones emprendidas por el Servicio Andaluz de Empleo. ;
Carlos Marcelo García, Catedrático del Departamento de Didáctica y Organización Educativa de la Universidad de Sevilla, moderador de la conocida y tan útil, para los que nos dedicamos a esto, lista TELEFPO , hizo una interesantísima exposición en relación a la situación del
e-learning en empresas y administraciones andaluzas;
Javier Diaz Sanchez de Formación Digital - Metodología de trabajo del e-learning;
Antonio Pérez Chacón, perspectiva de los medios de comunicación, conclusiones del estudio de proveedores de e-learning. Revista Learning Review

1 comentario:

  1. Ante el tema de administración laboral la Universidad de Monterrey organiza su Diplomado en administración laboral frente al siglo XXI - Módulo III. Sistemas de sindicalismo global y su impacto en México, el 19 y 20 de agosto de 2010, con el objetivo de:

    Actualizar a los participantes en los conocimientos necesarios del marco normativo de la alta dirección de las relaciones laborales y compartirles experiencias de modelos laborales exitosos que aplican empresas que mantienen una alta productividad y competitividad por operar con sistemas de trabajo de alto desempeño.

    Mayores informes en:
    http://www.udem.edu.mx/educacioncontinua/cursos/%3Cstrong%3Ediplomado_en_administracion_laboral_frente_al_siglo_xxi_-_modulo_iii._sistemas_de_sindicalismo_global_y_su_impacto_en_mexico_%3C/strong%3E%3Cbr%3E/detalle/8528

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